El Lic. Julio Ernesto Gutiérrez Bocanegra sostiene reunión de trabajo con el titular de la Secretaría de Movilidad del Gobierno de Tabasco

Boletín 143

Con el objetivo de analizar la aplicación de la Ley de Movilidad para el Estado de Tabasco en los nuevos proyectos urbanos que se realicen en el territorio municipal.

El alcalde de Macuspana, Lic. Julio Ernesto Gutiérrez Bocanegra, participó este día en la “Primera Reunión de Trabajo de Presidentes Municipales” con el titular de la Secretaría de Movilidad del gobierno de Tabasco, Lic. Narciso Tomás Oropeza Andrade, con la finalidad de analizar lo relativo al cumplimiento de la normatividad a la que se deben atener los nuevos proyectos urbanos, en los diseños de calles y banquetas de los diferentes tipos de vías.

La reunión de colaboración institucional, en la que también participó el alcalde de Jalapa, Dr. Fernando Emilio Priego Zurita; el Secretario del Ayuntamiento de Tacotalpa, y los directores de Obras Públicas y de Transito de Teapa; se realizó alrededor de las 11:00 de la mañana, en la sede de la Secretaría de Movilidad, en la ciudad de Villahermosa, en donde el presidente municipal, Lic. Julio Ernesto Gutiérrez Bocanegra, reiteró la disposición del Gobierno de Macuspana en observar y vigilar el cumplimiento estricto de la normatividad vigente de la Ley de Movilidad para el Estado de Tabasco, en el marco del programa de reordenamiento urbano que desde el inicio de la presente administración municipal se puso en práctica.

Durante este diálogo entre autoridades municipales y estatales, se dio a conocer que la Ley de Movilidad para el Estado de Tabasco contempla los mecanismos de coordinación institucional del gobierno del Estado con los municipios en materia del desarrollo de nuevos proyectos urbanos, por tal motivo este día se analizó la normatividad que contempla la legislación en comento, en su Título Tercero referente a la Infraestructura y Equipamiento Vial, la cual debe ser respetada y aplicada en el territorio municipal para mantener un desarrollo urbano ordenado, que respete no solo los lineamientos técnicos, sino los derechos humanos de las personas en general.
Por último, cabe destacar que la Ley de Movilidad en su artículo 49 menciona que “las autoridades estatales y municipales, en materia de asentamiento y desarrollo urbano, conforme a la normatividad jurídica y programas aplicables, deberán prever que las autorizaciones de nuevos centros de población, colonias o fraccionamientos, condominios y desarrollos inmobiliarios especiales atiendan a la jerarquía de la movilidad, procurando la infraestructura, mobiliario y señalética adecuada para cumplir con los principios de esta Ley”.