Gobierno de Macuspana inicia campaña de concientización contra contaminación acústica en la cabecera municipal

Boletín 124

Con la finalidad de evitar el exceso de ruido emitido en cada comercio de la cabecera municipal y proteger la salud pública.

El Gobierno de Macuspana, que preside el Lic. Julio Ernesto Gutiérrez Bocanegra, a través de la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, dio inicio a la campaña de concientización contra contaminación acústica en la cabecera municipal, para evitar el exceso de ruido emitido en cada comercio establecido y proteger la salud pública de los habitantes.

Lo anterior lo dio a conocer el titular de la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, Ing. Jesús Alberto Olán González, quien manifestó que por instrucciones precisas del presidente municipal, Lic. Julio Ernesto Gutiérrez Bocanegra, esta dependencia arrancó estas actividades porque se ha detectado que el exceso de ruido en la cabecera municipal contamina y daña al medio ambiente provocando contaminación acústica y estrés laboral, entre otros efectos adversos que pueden dañar la salud de las personas en el largo plazo.

Finalizó diciendo que con estas acciones dirigidas a todos los establecimientos comerciales establecidos, para que regulen la cantidad de ruido que generan en sus actividades diarias, se busca contar con un municipio sano y saludable, en donde se respeten las normas establecidas en Reglamento de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable en los siguientes artículos:

Art. 62.- El nivel de emisión de ruido máximo permisibles para fuentes fijas y móviles es de 68 decibeles de las 6:00 A.M. a 10:00 P.M. y de 65 decibeles de las 10:00 P.M. a 06:00 A.M., lo anterior de acuerdo a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

Art. 63.- Se consideran fuentes fijas generadoras de ruidos:

I. Los establecimientos comerciales y de servicios de cualquier giro.
II. Mercados públicos, tiendas de autoservicios, tianguis.

Art. 67.- Los aparatos amplificadores de sonido y otros dispositivos que produzcan ruido en la vía pública o en el medio ambiente de la comunidad con fines de festejo o comerciales, requieren del permiso para perifoneo que otorga la Dirección, ajustándose a las normas y procedimientos correspondientes a los lineamientos que emita la Dirección de acuerdo al caso.